Regularización extraordinaria 2026
Despacho de abogados especializado en derecho de extranjería Salaet Advocats
Esta es tu oportunidad para residir y trabajar legalmente.
Si estabas en España antes del 1/1/2026 y puedes demostrar tu permanencia continuada durante 5 meses en el momento de la presentación, podemos ayudarte a presentar tu solicitud de regularización.
Estás iniciando la solicitud para la regularización extraordinaria de personas extranjeras en situación irregular en España.
⚠️ El procedimiento está sujeto a cupos limitados y los expedientes se tramitan estrictamente por orden de entrada.
Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.
Debido al elevado volumen de solicitudes, solo tramitaremos un número limitado de expedientes, en función de nuestra capacidad operativa. Las plazas se asignan por orden de reserva.
¿Qué es la regularización extraordinaria?

La regularización extraordinaria de extranjeros es una medida excepcional que permitirá a muchas personas vivir y trabajar legalmente en España. Está destinada a personas que ya viven en España.
Es una ocasión única para dar estabilidad a tu vida y a tu futuro.
BENEFICIOS:
¿Que consigues? Permiso de residencia y trabajo por un año, desde la admisión a trámite de tu solicitud. El Gobierno estima que la admisión se dictará en un plazo de 15 días desde su presentación.
Estás iniciando la solicitud para la regularización extraordinaria de personas extranjeras en situación irregular en España.
⚠️ El procedimiento está sujeto a cupos limitados y los expedientes se tramitan estrictamente por orden de entrada.
Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.
Requisitos

Permanencia
Haber llegado a España antes del 1/1/2026
Acreditar un mínimo de 5 meses de estancia continuada en el momento de la presentación de la solicitud.
Caso asilo: exentos de acreditar los 5 meses de estancia.

Sin antecedentes penales
Carecer de antecedentes penales en los países donde se haya residido los últimos 5 años
Apostillados o legalizados y si no son en español, traducidos por traductor jurado.

Entrada permitida
No tener prohibida la entrada en España.
¿Cómo acredito permanencia? Empadronamiento, facturas, citas médicas, contratos, o cualquier documento público o privado que demuestre tu estancia.
Recuerde tener su pasaporte o documento de identidad vigente para el trámite. Recomendamos una validez mínima de 1 año en el momento de la presentación.
Descargar guíacompleta en PDF
COMO FUNCIONA
La tramitación completa son 390€ en dos pagos fraccionados
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⚠️ El procedimiento está sujeto a cupos limitados y los expedientes se tramitan estrictamente por orden de entrada.
Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.
Paso 1
PREEVALUACIÓN
Nuestro sistema confirma el cumplimiento de los requisitos básicos mediante 3 preguntas.
Paso 2
RESERVA
- Reserva de plaza
- Evaluación inicial
- Estudio de viabilidad
- Hoja de ruta
Paso 3
SUBIDA DE DOCUMENTOS
Después de efectuar la reserva, recibirá un correo con un enlace donde deberá completar sus datos y subir toda la documentación
Nuestro equipo evaluará la documentación en 3 días hábiles desde que recibamos los documentos
Paso 4
ESTUDIO
- Revisión completa por abogado.
- Comprobación de solidez del expediente
- Preparación íntegra del expediente
Paso 5
PRESENTACIÓN
Presentación ante la Administración competente y seguimiento continuo del trámite hasta su resolución final.
Resultado final:
Recepción y notificación formal de la resolución.
¡Plazo de presentación limitado a 3 meses!
AHORA
- Preparación de la documentación.
- Revisa la documentación disponible y verifica que cumple los requisitos exigidos.
- Solicita el certificado de antecedentes penales, debidamente legalizado o apostillado según corresponda.
Si la documentación procede de un país no hispanohablante, deberá aportarse traducción jurada.
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Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.
ABRIL 2026
Inicio previsto del plazo de presentación
(fecha exacta pendiente de publicación en el BOE)
30 DE JUNIO DE 2026
Fin del plazo.
Último día para presentar la solicitud.

Planes/precio
Todo el proceso es 100% online, para que no tengas que desplazarte ni perder tiempo en citas presenciales.
Puedes hacerlo cómodamente desde casa, con tu móvil u ordenador.
Una vez hecho el pago de la reserva, solo necesitamos que subas la documentación a través del formulario. Es muy sencillo: podrás adjuntar los documentos en pocos pasos y de forma segura. En cuanto la recibamos, nos pondremos a trabajar en tu caso lo antes posible.
Paso 1
Estudio viabilidad
50€
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Paso 2
Completo
390€
No incluye tasa administrativa.
Tramitación completa
El plan incluye verificación y presentación a través de un Abogado Colegiado.

Asegura tu oportunidad. Rellena el formulario, reserva tu plaza por 50 € y evaluaremos si cumples los requisitos para regularizarte. Tus datos son totalmente confidenciales.
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⚠️ El procedimiento está sujeto a cupos limitados y los expedientes se tramitan estrictamente por orden de entrada.
Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.
Quiénes somos
Somos un despacho con más de 10 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, ofreciendo asesoramiento y defensa jurídica con rigor y profesionalidad.
Dirigido por Anna Salaet, abogada colegiada nº 779 del Ilustre Colegio de Abogados y Abogadas de Tortosa, prestamos servicio 100 % online en toda España en materia de extranjería.
Cada expediente se prepara con criterio técnico, estudio individualizado y máxima seriedad, acompañándote de principio a fin con un asesoramiento claro, honesto y cercano.

¿Por qué hacer el trámite con nosotros?
Porque no estás gestionando un papel. Estás construyendo tu vida y protegiendo tu futuro. Con nosotros no solo presentas un expediente: cuentas con alguien que analiza tu situación, anticipa riesgos y actúa de forma clara desde el primer momento.
Nuestro despacho revisa que todo se cumpla, validamos la documentación y gestionamos el trámite de forma ágil y precisa. Si surge algún inconveniente, tenemos la capacidad de actuar en vía judicial sin cambiar de profesional. En definitiva, no solo tramitamos: aseguramos que tu asunto esté respaldado de principio a fin.
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Antes de continuar, necesitamos verificar que cumples los 3 requisitos legales obligatorios.

Preguntas frecuentes

Cualquier persona que se encuentre en España sin residencia legal y cumpla con los requisitos.
El proceso de regularización comenzará en abril de 2026 y finalizará el 30 de junio de 2026, por lo que tendrás aproximadamente 3 meses para presentar tu solicitud. Es muy importante tener toda la documentación lista antes de que se abra el plazo, para asegurar que tu expediente se presente correctamente desde el primer día.
Si tu solicitud es denegada, existen recursos y opciones legales para impugnar la decisión. Nuestro equipo puede asesorarte y acompañarte en todo el proceso, preparando los recursos necesarios para aumentar las posibilidades de éxito y defender tu derecho a la regularización.
Te informaremos por correo electrónico cuando la solicitud haya sido presentada y cada vez que se produzca una novedad relevante en tu expediente. Si la Administración emite un requerimiento, resolución de admisión a trámite o la resolución final, te lo comunicaremos y gestionaremos la respuesta correspondiente. Realizamos el seguimiento del expediente y actuamos ante cualquier incidencia para que el procedimiento avance correctamente.
Sí. El proceso de regularización puede ser complejo y cualquier error puede retrasar o incluso impedir el éxito de tu solicitud. Contar con un abogado te garantiza que todos los trámites se realicen correctamente, cumpliendo la normativa vigente y aumentando tus posibilidades de éxito. Nuestro equipo te acompaña en cada paso, asegurando que tu solicitud esté completa y bien presentada.
Sí. Desde el momento en que tu solicitud sea admitida a trámite, la autorización te permite trabajar en cualquier sector y en todo el territorio español, sin restricciones.
Si.
No. No es un requisito obligatorio. La finalidad de esta ley es precisamente facilitar la regularización de personas que ya residen en España, flexibilizando los requisitos habituales y permitiendo el acceso a la autorización aunque no exista un contrato de trabajo previo.
Puedes solicitarlo igualmente. La norma permite acreditar la residencia continuada mediante cualquier documento público o privado válido (contratos, facturas, informes médicos, envíos, certificados, etc.) que demuestre tu permanencia en España durante ese periodo. No obstante, es recomendable empadronarse cuanto antes. El certificado de empadronamiento refuerza el expediente y aporta mayor solidez probatoria junto con el resto de documentación.
Sí. Es posible incluir a los hijos en la solicitud, y en principio se les concedería una autorización de residencia por cinco años. Será necesario aportar documentación que acredite el vínculo y la situación del menor, como el certificado de nacimiento y el justificante de escolarización. Si el menor se encuentra en España únicamente con uno de los progenitores, previsiblemente se exigirá una autorización notarial del otro progenitor, otorgada en el país de origen, autorizando la tramitación en España.
No. Ningún profesional puede garantizar el resultado, ya que la decisión depende exclusivamente de la Administración. Lo que sí garantizamos es un expediente técnicamente sólido. Si detectamos debilidades o inconsistencias, te lo comunicaremos con claridad antes de presentar la solicitud, para que puedas decidir con toda la información.
